Paquetexpress pierde amparo por clausura de tanque de combustible
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- La empresa de paquetería «Operadora de Servicios Paquetexpress» recibió el 20 de marzo de este año una mala noticia:
Un amparo que había solicitado en contra de la clausura de un tanque de autoconsumo de combustible que opera en sus instalaciones en Hermosillo, fue negado.
El Juzgado Decimoprimero de Distrito de Sonora determinó en esa fecha que la acción de la autoridad estaba fundada y no procedía, revela una sentencia dictada dentro del expediente número 327/2025.
La historia en contra de la empresa, que dirige Óscar Román, se inició el 11 febrero de este año.
En esa fecha, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) determinó mediante un procedimiento efectuado entre el 11 y 12 de febrero del 2025, la clausura, inmovilización y/o suspensión de la operación del tanque de autoconsumo ubicado en su sucursal de la empresa en Hermosillo.
Por esos hechos la compañía solicitó un amparo en contra de la decisión.
El caso fue remitido al Juzgado Decimoprimero de Distrito de Sonora donde se desahogó bajo el número de expediente 327/2025.
El reclamo de la empresa fue el anuncio de los inspectores de la CRE de clausurar, inmovilizar y/o suspender la operación de un tanque de autoconsumo que la empresa opera en Hermosillo.
«… Manifiesto que las órdenes indicadas y su inminente ejecución, me han sido comunicadas de forma verbal y desconozco absolutamente el contenido escrito, fundado y motivado de las mismas», refiere la demanda interpuesta por los abogados de la compañía.
Ello, agrega, provocará un desabasto de combustible, indispensable para la actividad comercial que lleva a cabo.
El reclamo es contra la Comisión Reguladora de Energía, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Asea), la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Secretaría de Energía, la Guardia Nacional y la Secretaría de la Defensa Nacional.
Por todo ello la empresa solicitó al Juzgado de Distrito que le permitiera seguir operando el tanque de autoconsumo.
«Se solicita la suspensión para efecto de que las cosas se mantengan precautoriamente en el estado que actualmente guardan, y para que las autoridades responsables se abstengan de ejecutar cualquier clausura, suspensión o inmovilización, así como en su caso de emitir y en su caso ejecutar cualquier tipo de orden y/o acto administrativo que impida a la quejosa la operación del tanque de autoconsumo…o bien la ejecución del permiso de Comercialización que comprende la compraventa de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos…».
Luego de revisar la petición el tribunal federal concluyó el 19 de febrero del 2025 que era procedente conceder la Suspensión Provisional.
Inconforme con la anterior determinación la CRE interpuso un recurso de Queja en contra la protección de la justicia federal concedida a «Paquetexpress».
El caso fue turnado al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa quien aclaró que la Suspensión Provisional era eso, provisional mientras se dictaba la Suspensión Definitiva del caso.
Pero también advirtió que ya el Juzgado Decimoprimero de Distrito había emitido una Sentencia Definitiva por los hechos y por ello desechó la Queja Interpuesta por la CRE.
La protagonista