Tribunales federales otorgan doble revés legal a «El Cuervo»
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- La empresa «El Cuervo y La Maestra Acarreos Mineros» recibió un doble revés legal de tribunales federales.
Luego de que el Juzgado Segundo de Distrito determinó negarle un amparo solicitado contra la expedición de un permiso ambiental otorgado para ser explotado por una empresa diferente a ellos, acaba de recibir otro tropiezo legal:
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa de Sonora desechó una Queja interpuesta solicitada por la compañía minera, luego de la negativa del amparo en su contra.
En este último caso, el expediente se resolvió el 3 de marzo del 2025, y se desahogó bajo el expediente número 146/2024.
En ese caso, la empresa «El Cuervo y La Maestra Acarreos Mineros» interpuso la Queja contra la decisión del Juzgado Segundo de Distrito del 26 de junio del 2024 de negarle el amparo alegando que quien formalizó la denuncia no contaba con la representación legal para hacerlo.
El juicio de amparo se solicitó el 18 de abril del 2024 en el Juzgado Segundo de Distrito, el cual es encabezado por Julio César Moreno Fierros, en contra de la Dirección de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora, que ahora encabeza Carlos Zataraín González.
El reclamo era por la expedición de una Licencia Ambiental Integral a los posesionarios de un terreno de su propiedad, ya que no se siguieron las formalidades para su otorgamiento y dentro del marco legal.
En su denuncia la representación legal de la empresa rechaza también los trabajos de extracción amparados por la licencia ambiental impugnada.
Los abogados de la empresa «El Cuervo y La Maestra Acarreos Mineros» sostuvieron en su demanda que no existía evidencia de que en su momento hubiera sido evaluada para su expedición por la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora.
Sin embargo, luego de evaluar la petición de la empresa el tribunal federal consideró que la empresa no logró acreditar su personalidad legal por lo cual decidió rechazar el amparo.
El argumento central para negarlo fue el hecho de que la Asamblea con la que se protocolizó el otorgamiento del poder legal no se protocolizó debidamente por un Notario Público.
La sentencia se dictó el 26 de junio del 2024.
Luego de ello, el 18 de agosto del mismo año, la empresa interpuso el recurso de Queja del fallo del Juez Julio César Moreno Fierros.
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El caso
Fuente: Consejo de la Judicatura Federal.
La protagonista
