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Inicio/Edición Sonora/CNBV ordena la liquidación casa de cambio “Los Pericos”
Edición Sonora

CNBV ordena la liquidación casa de cambio “Los Pericos”

Por Redacción Cosa Juzgada
11 de febrero de 2026 3 min de lectura
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La Comisión inicia un procedimiento de disolución ante tribunales luego de que la compañía incumpliera con los registros establecidos por la ley

Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, SONORA.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) solicitó y logró que la Casa de Cambio “Los Pericos”, de Hermosillo, sea disuelta.

Ello, establece una sentencia dictada el 18 de agosto del 2025 por el Juez Segundo de Distrito de Sonora, dentro de un juicio de amparo iniciado bajo el número de expediente 1/2023.

El procedimiento legal inició el 2 de enero de 2023 por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en contra de la Casa de Cambio “Los Pericos”.

El presidente de la CNBV es Ángel Cabrera Mendoza.
En su demanda la CNBV estableció que la empresa había incumplido con lo dispuesto por el tercer párrafo artículo 81-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito por lo que determinó solicitar la designación judicial de un liquidador para la empresa.

Ante ello, agrega la demanda, la CNBV solicitó al Juez Segundo de Distrito liquidar a la empresa que había sido registrada el 26 de octubre del 2011.
En esa petición la Comisión le solicitó al tribunal nombrar a un liquidador.
Sin embargo, desde que inició el procedimiento legal la empresa no pudo ser notificada.
Por ello, luego de varios procedimientos el 19 de febrero del 2025 el tribunal federal calificó de “rebelde” a la empresa.
Para fundamentar su dicho la CNBV presentó 11 pruebas documentales entre ellas el registro fiscal, la inscripción de la empresa ante el Registro Público de la Propiedad, además de oficios enviados por el Director General de Autorizaciones Especializadas de la CNBV dirigidos a la empresa.
En los documentos se establecía que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fija los requisitos de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, los centros cambiarios y los transmisores de dinero en las operaciones y servicios que realicen con sus clientes y usuarios.
Ello, precisa, con el fin de que conozcan las omisiones u operaciones en cualquier especie de la comisión de algún delito establecido en el artículo 139 o 148 bis del Código Penal Federal.
En su demanda la CNBV advirtió que la Casa de Cambio “Los Pericos” fue sujeto de la regulación que especifica que las empresas cambiarias pueden ser canceladas cuando las registradas no lleven a cabo las operaciones para las cuales les fue otorgado el registro.
Otra de las infracciones es que los administradores infrinjan lo establecido en la ley, como lo es el de omitir información anual de manera periódica.

Se establece que la cancelación del registro surtirá efectos a partir de la fecha en que se notifique a la sociedad, en el caso, de centros de cambios procederá su disolución y liquidación”.

El tribunal federal detalló que la empresa contará con 60 días hábiles para inconformarse ante la autoridad judicial.
Entre la documentación se presentó una resolución administrativa dictada por la CNBV en la que se informaba la expiración del registro de la Casa de Cambio con fecha el 26 de octubre del 2019 en la que se le notificaron los hechos.
Luego del procedimiento legal el tribunal federal determinó que procedía la liquidación de la empresa y se ordena al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado para que funja como liquidador.

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Redacción Cosa Juzgada

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