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Inicio/Edición Sonora/“África Sewa” libra multa fiscal por $10.6 millones
Edición Sonora

“África Sewa” libra multa fiscal por $10.6 millones

Por Viviana
3 de julio de 2026 4 min de lectura
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• La empresa sonorense dedicada a importación de mercancía había sido multada por el presunto no pago de ISR, IVA y sobre utilidades de la compañía, las cuales fueron condonadas por errores de procedimiento de cobro

Redacción/COSA JUZGADA SONORA

HERMOSILLO, SON.- La empresa importadora de mercancías “Africa Sewa” logró evitar una multa fiscal equivalente a $10 millones 656 mil 79 pesos 09 centavos.

Una resolución dictada por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa dentro del expediente número 23/2024 iniciado por una solicitud de Revisión Fiscal confirmó la exoneración de la empresa para cubrir el pago.

El recurso había sido interpuesto el 26 de enero del 2024 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), luego de que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió cancelar la multa fiscal impuesta por la autoridad hacendaria entre el 2019 y 2021.

Entre los argumentos considerados por los magistrados del Primer Tribunal Colegiado para revocar la sentencia contra la empresa fue que el funcionario que levantó el acta de comparecencia levantada el 8 de octubre del 2022 por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) había violado la ley.

“…La actuación de la autoridad fiscalizadora al levantar el acta referida no se había ajustado a lo establecido en los párrafos antepenúltimo y penúltimo del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación… (omitió detallar los hechos y omisiones detectados durante el ejercicio de sus facultades)…”, establece la sentencia que dictaron los magistrados para eximir a la empresa del pago.

Eso fue constituido como una violación a los derechos humanos del debido proceso, seguridad y certezas jurídicas, toda vez que tal imprevisión había negado la posibilidad al contribuyente de contar con los elementos materiales suficientes para estar en aptitud de autocorregir su situación fiscal o realizar un acuerdo conclusivo.

Los magistrados refirieron que dado que en el antecedente del caso no se analizó el fondo del asunto, sino un “vicio formal”.

“…La autoridad demandada no invocó de manera precisa la infracción de precepto legal que le otorgaba expresamente su competencia, así como que omitió detallar los hechos y omisiones durante el ejercicio de sus facultades…”, precisa la sentencia.

Apoyado en al menos tres jurisprudencias emitidas por la Corte, el Primer Tribunal Colegiado concluyó que al margen de la materia del asunto, en todos los casos donde se declare la nulidad de la resolución impugnada por vicios formales, y no se resuelva el contenido material de la pretensión planteada, como aquí sucedió, resulta improcedente el recurso de revisión fiscal.

Por ello, estableció la resolución, los magistrados que revisan un caso fiscal no pueden ser obligados a emitir una nueva resolución en la que se subsanen los vicios detectados, o bien cuando en virtud de la declaratoria de la nulidad por la falta de fundamentación y motivación de la resolución inicial pudieran haber caducado las facultades de comprobación de la autoridad administrativa.

“…Ello redunda en situaciones fácticas que son, en todo caso, consecuencia de la determinación de nulidad respectiva y no propiamente materia de estudio, en sí mismo…”, detalla la sentencia.

En consecuencia, rematado el fallo, declaró infundada la modificación solicitada.

Y por ello el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa decidió el 5 de junio del 2024 desechar el recurso de impugnación solicitado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

EL ANTECEDENTE

El caso inició el 31 de agosto del 2021.

En esa fecha los abogados de la empresa “África Sewa” interpusieron un recurso de revisión de una sentencia impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La impugnación se radicó en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa del Noroeste.

El recurso buscaba impugnar la multa por un monto de $10 millones 656 mil 879 pesos y 09 centavos que se había definido contra la empresa por concepto de Impuesto Sobre la Renta, además del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el relacionado con el Reparto de Utilidades, con sus recargos y multas, anunciada el 21 de abril del 2021.

La multa fue impuesta por el Administrador Desconcentrado Jurídico Sonora 2.

En una de las primeras resoluciones del caso, dictada el 9 de septiembre del 2021, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que el recurso no era procedente por haberse presentado de manera extemporánea.

Inconforme con ello, el 14 de octubre de ese mismo año los abogados de “África Sewa” interpusieron un recurso de Reclamación, el cual fue admitido a trámite el 19 de octubre.

Luego de revisar el caso, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la reclamación de la empresa estaba fundada y revocó el auto que se había tomado el 9 de septiembre del 2021.

“En cumplimiento a la resolución antes mencionada, en auto de 11 de abril de 2022, se admitió la demanda de nulidad interpuesta y ordenó emplazar a la autoridad demandada.

LA AUTORIDAD SE INCONFORMA

Pero la autoridad fue al contraataque:

El 28 de junio del 2022 la autoridad, vía la Administración Desconcentrada Jurídica de Sonora 2, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicitó que el asunto fuera revisado por un tribunal colegiado e interpuso un Recurso Fiscal.

El caso fue entonces enviado para su revisión al Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa.

Luego de la designación del tribunal se canalizó el caso al magistrado Fernando Zúñiga Padilla para la elaboración de la ponencia.

Sin embargo, al resolver el caso, en junio del 2024, la autoridad confirmó que el recurso se desechaba.

Luego de esa sentencia definitiva el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa ordenó, el 20 de marzo del 2025, la conclusión definitiva del caso, por lo que el expediente es susceptible de ser destruido.

►FUENTE: Cosa Juzgada

Etiquetas:

FiscalImportaciónMulta
Autor

Viviana

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