Inicio Edición SonoraImpugnan cobro por revalidación de placas y 15% para el Cecop

Impugnan cobro por revalidación de placas y 15% para el Cecop

por Redacción Cosa Juzgada
Particulares interponen solicitudes de amparo contra los cobros establecidos en la Ley de Ingresos del Gobierno de Sonora para el 2026
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
CAJEME, SONORA.- Particulares solicitaron amparos contra la expedición y cobro de revalidación de placas, además de una sobretasa de 15% en los impuestos con el fin de destinar los recursos captados para apoyar la infraestructura educativa, de caminos y al Consejo Estatal para la Concertación de la Obra Pública (Cecop).
De acuerdo con al menos siete peticiones formalizadas ante el Juzgado Séptimo de Distrito de Sonora, radicado en esta ciudad, las demandas buscan evitar los cobros incluidos en la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Sonora.
Sobre los hechos se abrieron los expedientes números 190/2026, 249/2026, 250/2026, 254/2026, 255/2026, 256/2026 y 257/2026 entre el 10 y 18 de febrero de este año.
Los promoventes en este tribunal son Martín Emilio Vega Sauceda (190/2026), Gerardo Rosas Flores (249/2026), María del Refugio Flores Echeverría (250/2026), Beatriz Eugenia Montijo Rochín (254/2026), Lilia Guadalupe Valenzuela Preciado (255/2026), Oralia Anahyd Pérez Osuna (256/2026) y Leonel García Rosas (257/2026).
En todos los casos la impugnación es contra la aplicación del artículo 312, en su apartado I e inciso b, en donde se establecen los cobros relacionados a la revalidación y expedición de placas.
En la demanda también se rechaza la aplicación de los artículos 249, 292 Bis y 289 de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.
En el artículo 292 BIS, relacionado con el concepto de «Contribuciones para el fortalecimiento de la infraestructura educativa» de la referida Ley de Ingresos, se especifica que se cobrará una cuota adicional de 15% sobre los impuestos y derechos del Estado.
…(Ello) con la finalidad de conservar, crear, mantener y fortalecer la infraestructura educativa, el equipamiento para la prestación del servicio de educación en todos los niveles educativos, incluyendo el servicio de transporte escolar, así como el financiamiento del programa de apoyo escolar y cualquier otro rubro del sector educativo», precisa la obligación.
Adicional a ello, especifica la demanda de los solicitantes de amparo, se impugna el cobro de 15% adicional establecido en el artículo 289 de la misma legislación.
Esta se refiere al cobro para beneficiar al Cecop cuyos recursos se harán sobre el importe de los impuestos y derechos estatales.
Los siete casos fueron registrados en la lista de acuerdos del tribunal federal el pasado miércoles 18 de febrero de este año.
En uno de los últimos acuerdos la jueza Yazmín Angélica Murillo Badilla solicitó a la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, que en un plazo de tres días informe el estatus de pago de los contribuyentes que solicitan el amparo.
La juzgadora le pide a la autoridad informe si la persona quejosa pagó diversa cantidad por revalidación de placas, impuestos para el sostenimiento de las universidades de Sonora, contribución para el fortalecimiento de la infraestructura educativa y contribución para el Cecop, previo al acto de aplicación que aquí reclama.
Es decir, pagos anteriores de este ejercicio fiscal 2026 (otro pago por ese concepto entre el 1 y el 27 de enero del 2026)», precisa la petición de la jueza.
Y en todos los casos fijó para marzo la celebración de la Audiencia Constitucional del caso.
La parte demandada es el Congreso del Estado por haber aprobado la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado.

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