Inicio Edición SonoraLey contra plástico es impugnada por Bimbo, petición es rechazada

Ley contra plástico es impugnada por Bimbo, petición es rechazada

por Redacción Cosa Juzgada
La empresa panificadora considera que la aplicación de la Ley que regula la Producción, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos y manejo especial y productos plásticos de un solo uso en el estado de Sonora es inconstitucional
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
Hermosillo, Sonora.— La empresa panificadora Bimbo ha impugnado la nueva Ley que regula la Producción, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos y manejo especial y productos plásticos de un solo uso en el estado de Sonora.
De acuerdo con el número de expediente 1818/2025 radicado en el Juzgado Decimocuarto de Distrito de Sonora, la empresa considera que el artículo 37 de la nueva norma viola la Constitución.
La demanda de amparo fue presentada en contra del Congreso del Estado, Gobernador del Estado y la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora.
Esa norma establece 12 diferentes apartados, entre los que se incluyen el manejo de los residuos, además de su clasificación con el manejo integral de los residuos.
Otra de las 12 obligaciones establecidas en los apartados del Artículo 37 de esa norma especifica que la empresa cuenta con la obligación de proporcionar información de manera pública y fidedigna con relación al manejo de los residuos.
La demanda fue presentada el 25 de septiembre de 2025.
La empresa panificadora se refería a su operación en los municipios de Moctezuma y Agua Prieta.
Sin embargo, el Juzgado Segundo de Distrito solicitó separar los casos, pero a ello se opuso el Juzgado Decimocuarto de Distrito.
El caso debió ser turnado al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa para su definición sobre las competencias.
El caso fue resuelto el 21 de noviembre del año pasado y en ello se acordó declarar inexistente la separación de los juicios planteados y el caso se canalizó al Juzgado Decimocuarto de Distrito para su análisis y solución.
LA SENTENCIA
El caso fue resuelto el 11 de febrero de 2026 y se radicó bajo el número de expediente 1818/2025.
En la revisión del caso el tribunal federal encontró que la empresa había sido notificada el 11 de julio de 2025 sobre la aplicación de la Ley.
Sin embargo, la expedición de dicho oficio no constituye un primer acto de aplicación de la norma reclamada, pues en la demanda de la que se separó la que aquí se atiende, se desprende que el 24 de junio de 2025, ya se había aplicado a la quejosa (Bimbo) el mismo precepto legal…», estableció la Juzgadora en su sentencia dictada el 11 de febrero de 2026.
Ello fundamentó el principio de improcedencia.
Ante eso la Secretaria en Funciones de Juez, Norma Yolanda Bustillos González, a quien le tocó resolver el tema, determinó que era procedente sobreseer el juicio de amparo iniciado por la compañía panificadora.

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